sábado, 14 de septiembre de 2013

IMAGENES EN DIGITAL

1.1DEFINICION 

 

En la fotografía tradicional de toda la vida al revelarse la película obtenemos una imagen impresa sobre papel fotográfico. Con la imagen digital tenemos un archivo informático.
La imagen digital está formada por una serie de matrices numéricas de ceros y unos que se almacenan en una memoria informática y que definen las características de una fotografía.
Una vez esta imagen es interpretada (leída), los ordenadores la transforman en una imagen visible a través de la pantalla e imprimible también, a través de cualquier dispositivo de salida. La gran ventaja del archivo digital es que puede duplicarse y copiarse tantas veces como se quiera.

http://www.fotonostra.com/digital/imagendigital.htm

Foto tomada por Yahaira Briones


 Las imágenes en digital tienen diferentes formatos entre ellos tenemos:
  1.  TIFF: Es un tipo de archivo estándar para guardar imágenes de alta calidad, ya que es compatible con los sistemas operativos Windows, Linux, Mac, etc.
  2. GIF: Es un formato de archivo bastante antiguo. Se creó con la finalidad de obtener archivos de tamaño muy pequeño. GIF es muy indicado para guardar imágenes no fotográficas, como logotipos o dibujos.
  3. RAW: Se encuentra disponible en cámaras digitales sofisticadas, indicadas para fotógrafos profesionales. Este formato ofrece la máxima calidad ya que contiene los píxeles en bruto tal y como se han adquirido.
  4. JPEG: Es uno de los formatos más conocidos para la compresión de fotografías digitales. Es uno de los pocos formatos que se soporta en Internet (Web).
http://www.fotonostra.com/digital/archivodigital.htm

 

1.2 IMAGENES

 

TIPOS DE LICENCIA:

  • CON PROPIETARIO: COPYRIGTH © 

Es la propia creacion que genera por ella misma el derecho de autor. Copyright, puede en ciertos casos ser: marcas, patentes de invencion.... o puede ser el único derecho posible existente (texto, proyecto, canción, contenido de sitio Web, concepto. Dibujo, foto, logotipo…).  Sin embargo, aunque habrá que facilitar pruebas sólidas, siempre es necesario proteger este derecho. Y esto es posible por intermedio del depósito.

http://www.copyright.es/aspecto-juridico.html 


 
Por Yahaira Briones

EJEMPLOS:

Programas De Discovery Channel

Tony Kelly-  Fotografo Alemán

Nicholas Samaras- Fotografo Griego



  • SIN PROPIETARIO: CREATIVE COMMONS
Es una organización sin ánimo de lucro que permite a autores y creadores compartir voluntariamente su trabajo, entregándoles licencias y herramientas libres que les permitan aprovechar al máximo toda la ciencia, conocimiento y cultura disponible en Internet.
 Por la razón que sea, es obvio que muchos habitantes de Internet quieren compartir su trabajo y poder reutilizar, modificar y distribuir su trabajo con otros en términos generosos. Creative Commons trata de ayudar a la gente a expresar esta preferencia por compartir ofreciendo a todo el mundo un conjunto de licencias en la web, sin coste alguno.

http://es.creativecommons.org/blog/



 
http://www.imagenessincopyright.com/ 


TIPOS DE LICENCIAS DE CREATIVE COMMONS:


by.large_petit
Reconocimiento: En cualquier explotación de la obra autorizada por la licencia hará falta reconocer la autoría.
nc-eu.large_petit
 No Comercial : La explotación de la obra queda limitada a usos no comerciales.
nd.large_petit
Sin obras derivadas: La autorización para explotar la obra no incluye la transformación para crear una obra derivada.
sa.large_petit
Compartir Igual: La explotación autorizada incluye la creación de obras derivadas siempre que mantengan la misma licencia al ser divulgadas.


Con estas condiciones se pueden generar las seis combinaciones que producen las licencias Creative Commons:

 by_petit
Reconocimiento (by): Se permite cualquier explotación de la obra, incluyendo una finalidad comercial, así como la creación de obras derivadas, la distribución de las cuales también está permitida sin ninguna restricción.
 by-nc.eu_petit
Reconocimiento – NoComercial (by-nc): Se permite la generación de obras derivadas siempre que no se haga un uso comercial. Tampoco se puede utilizar la obra original con finalidades comerciales.
 by-nc-sa.eu_petit
Reconocimiento – NoComercial – CompartirIgual (by-nc-sa): No se permite un uso comercial de la obra original ni de las posibles obras derivadas, la distribución de las cuales se debe hacer con una licencia igual a la que regula la obra original.
 by-nc-nd.eu_petit
Reconocimiento – NoComercial – SinObraDerivada (by-nc-nd): No se permite un uso comercial de la obra original ni la generación de obras derivadas.
 by-sa_petit
Reconocimiento – CompartirIgual (by-sa): Se permite el uso comercial de la obra y de las posibles obras derivadas, la distribución de las cuales se debe hacer con una licencia igual a la que regula la obra original.
 by-nd_petit
Reconocimiento – SinObraDerivada (by-nd): Se permite el uso comercial de la obra pero no la generación de obras derivadas.
http://es.creativecommons.org/blog/licencias/



No hay comentarios:

Publicar un comentario